Las infracciones de tráfico se combaten por tres vías: las sanciones administrativas, el carné por puntos y el código penal. Pero dentro de poco tiempo, la penalización de las conductas que atenten a la seguridad vial se va a endurecer. El Consejo de Ministros aprobó el viernes un proyecto de reforma del código penal. Esta reforma afecta a otras modalidades delictivas y que va a ser remitido en breve al Congreso de los Diputados.

En lo que se refiere a materia de tráfico, el exceso de velocidad, conducir bajo el efecto del alcohol y/o las drogas, circular sin permiso y conducir poniendo en peligro la vida de los demás, va a ser castigado con penas más duras. El conductor que traspase unos niveles de alcohol en sangre o supere los límites de velocidad en un determinado porcentaje, se arriesga a ser condenado a penas de prisión; al igual que el que conduzca sin carné. Incluso, los agentes podrán decomisar el vehículo.

Entiendo positiva la nueva legislación, porque de lo que se trata es de castigar a los temerarios y salvar vidas. Pero hay consecuencias negativas que no comparto, como por ejemplo que se considere que se ha cometido un delito por exceso de velocidad o por consumo de alcohol solo por datos objetivos (test de alcoholemia y foto del cinemómetro), ya que entonces la interpretación de los jueces queda anulada. No es lo mismo ir a 100 Km/h por la avenida de La Palmera que por la calle Zaragoza. Sería más justo valorar las circunstancias concretas de cada caso.

 

El correo de Andalucía,17 de diciembre 2006.

El podcast de Luis Romero

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