Delito de homicidio imprudente en concurso con un delito contra la seguridad vial por conducción temeraria y otro delito contra la seguridad vial por conducción bajo los efectos del alcohol.
Luis Romero ejerció la acusación particular contra el torero José Ortega Cano en nombre de la familia de D. Carlos Parra, fallecido en el accidente, logrando una sentencia condenatoria en primera instancia por homicidio imprudente en concurso con un delito contra la seguridad vial por conducción temeraria y una sentencia en segunda instancia que endurecía la condena con un tercer delito: un delito contra la seguridad vial por conducción bajo los efectos del alcohol.
José Ortega Cano fue condenado a una pena de cárcel de 2 años y 6 meses y a la pérdida del permiso de conducción, así como al pago de una indemnización de casi 200.000 € a la familia de D. Carlos Parra y el pago de las costas.