Aunque estamos acostumbrados a los programas de contenido rosa, la mayoría de los ciudadanos no están inmunizados para cualquier noticia. Y menos los que son objeto de sus ataques, entre los cuales hay especializados en presentar demandas contra los medios. En el que se obtiene en muchas ocasiones altas indemnizaciones. Unas veces, se pueden ejercitar acciones penales por los perjudicados: querellas por injurias y/o calumnias. Otras, lo más común, acciones civiles para la protección del honor, la intimidad y la propia imagen.
Sin embargo, independientemente de la repercusión legal y judicial, un país que tiene entre sus programas más vistos aquellos que se dedican a destruir la fama de ciudadanos, baja en su nivel cultural y moral. O porque las inquietudes culturales están por los suelos, es por eso que gusta ver el ajusticiamiento de semejantes. Pronto habrá que incorporar a nuestro Código Penal un nuevo delito, el acoso mediático. Sin que quepa implorar por el acusado la exceptio veritatis.
Aun siendo ciertas todas las barbaridades que se digan de una persona, si a ese ser humano se le tiene día y noche como a un muñeco de feria, habrá que calificar tal conducta como delictiva y, por supuesto, reincidente.
El correo de Andalucía,29 de enero 2007.