Leyendo a Blasco Ibáñez, uno puede hacerse idea de los problemas que generaba la lentitud e ineficacia de la administración de justicia española a finales del siglo XIX y principios del XX. Bien, pues un siglo después, también nos encontramos con que nuestros juzgados, sobre todo en la provincia pero también en la capital, están colapsados y los expedientes pueden criar telarañas mientras los ciudadanos a los que éstos afectan están padeciendo grandes injusticias. El derecho fundamental a un proceso sin dilaciones indebidas no existe en muchas de nuestras sedes judiciales.
Ejemplo 1: Un padre lleva tres años sin ver a sus hijos. Cuando acude al punto de encuentro para abrazarlos, le dicen que su madre no los ha traído; vuelta a empezar. Ejemplo 2: se presenta un recurso de apelación contra el auto de archivo de una denuncia por estafa en marzo. Ocho meses después aún no se han remitido las diligencias a la audiencia provincial, que ha de ser quien resuelva el mismo. Estos dos asuntos están bajo la tutela de los juzgados de Dos Hermanas y Utrera, respectivamente. Pero hay miles de casos semejantes en la provincia de Sevilla. A los abogados no nos queda más remedio que reclamar a los propios jueces dirigiéndonos a sus órganos de gobierno. Y, después, a la administración, por el mal funcionamiento de la misma. Pero ¿y mientras?.
El correo de Andalucía,11 de diciembre 2006.