Canal Ético

En Luis Romero Abogados S.L.P.U, estamos plenamente comprometidos con los más altos estándares éticos, así como con el cumplimiento de toda la legislación que resulta aplicable, ya sea en las relaciones con nuestros empleados, independientemente de la categoría profesional, o con los grupos de interés en todas las actividades que desarrollamos, contando con un Código Ético de plena aplicación.

También hemos creado el presente Canal Ético para la prevención, detección, investigación y resolución de cualquier situación de incumplimiento de la ley, el Código Ético de nuestra organización o las normas internas. Dicho Canal Ético es gestionado por una entidad externa e independiente, Avezalia, garantizando la disponibilidad e integridad de la comunicación.

Para ello necesitamos nos ayudes comunicándonos cualquier infracción que observes, tanto si eres componente de nuestra organización o ajeno a la misma. Dicha comunicación es totalmente confidencial, e irá dirigida a nuestro Compliance Officer, quien velará por tu privacidad, no teniendo por ello ninguna represalia, y garantizando tu indemnidad.

Si aun así prefieres hacerlo anónimo, no es necesario que nos indiques tu nombre, pero por favor al menos especifica muy bien los hechos y responsables para que nuestro Compliance Officer pueda investigar y esclarecer los hechos comunicados. Eso sí, no podremos facilitar ninguna información del desarrollo de las investigaciones y del resultado de las mismas.

Si eres proveedor, cliente o tercero, también nos puedes notificar cualquier irregularidad que observes. Así nos ayudas a mejorar.

Si por el contrario lo que tienes es alguna duda o sugerencia que plantearnos, también puedes usar nuestro Canal Ético para que nuestro Compliance Officer la resuelva, siempre relacionado con nuestro programa de Cumplimiento Normativo, claro está.

 

El plazo de propuestas de resolución será el siguiente:

Para consultas, el plazo no será superior a 10 días laborables a contar desde la recepción de la consulta.

Para las comunicaciones de incumplimiento el plazo para la emisión de propuestas de resolución no será superior a 45 días laborables desde la recepción de la comunicación.

Los citados plazos pueden ser ampliados cuando se justifique debidamente, y comunicado a la persona que haya efectuado la consulta o denuncia.

Gracias por tu aportación.

La Dirección.

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